Esta afirmación se desprende de un análisis realizado durante dos años por el Grupo de Evaluación del Glifosato que instrumentó la Unión Europea para evaluar al producto. Podría derivar en cancelar la prohibición de su uso a fines del año próximo, que estaba dispuesta.
En octubre de 2017 los eurodiputados le ponían fecha de finalización al uso del glifosato en el Viejo Continente. A partir de ese momento y hasta la fecha dispuesta este principio activo para Productos para la Protección de Plantas (PPP) se podía seguir utilizando según las normativas de cada país miembro del bloque.
Fue el 10 de mayo de 2019 cuando la Comisión Europea determinó que cuatro de los estados participantes evaluaran al glifosato. Francia, Hungría, Países Bajos y Suecia conformaron al Grupo de Evaluación del Glifosato (AGG) que recibió el 12 de diciembre de 2019 el pedido de un grupo de empresas para que se corra el plazo límite para el producto.
A la vez, el AGG recibió hasta el 15 de junio de 2020 un total de 1.507 estudios de investigadores y publicaciones reconocidas, 12 mil artículos publicados sobre glifosato y sus metabolitos, que sumaron 181.911 páginas que fueron analizadas por 150 profesionales expertos en diferentes disciplinas vinculadas al caso.
Con la posibilidad de consultar online cada una de las presentaciones, se conoció hace una semana la conclusión de AGG, que va a transformar el futuro que se pensaba iba a tener el glifosato. Se abre ahora la posibilidad de renovar su aprobación de forma continua, ya que cumple con los “criterios” que exige Europa.
La AGG en unas 11 mil páginas propuso valores de referencia toxicológicos revisados para el glifosato, que se utilizarán en la evaluación de riesgos para los consumidores y para los operadores, trabajadores, transeúntes y residentes. Dos de los valores de referencia revisados son más bajos que los valores establecidos en el proceso de renovación anterior para el glifosato. Los valores de referencia revisados propuestos son el resultado de la reevaluación de los estudios existentes utilizando un enfoque más conservador.
Para todos los usos propuestos, se podría demostrar un uso seguro para los operadores y trabajadores, ambos sin equipo de protección personal y para los transeúntes.
Para los residentes, se demostró un uso seguro para todo lo propuesto, excepto en un escenario en el que debido a una alta deriva de la pulverización prevista, no se pudo demostrar un uso seguro.
En general, el AGG concluye que el glifosato cumple los criterios de aprobación para la salud humana establecidos en el Reglamento (CE) nº 1107/2009 y sus modificaciones para la aprobación como sustancia activa para su uso en productos fitosanitarios.
Específicamente no había justificación para clasificar el glifosato como carcinógeno, tóxico para la reproducción, tóxico para órganos específicos, mutagénico, o genotóxico, o perturbador de la funcionalidad endocrina.
El grupo también evaluó el daño potencial a los consumidores de los residuos en alimentos y sostuvo que «no se espera ningún riesgo crónico o agudo para el consumidor del tratamiento de cultivos con glifosato de acuerdo con los usos representativos para el proceso de renovación actual».
La AGG propuso retener la clasificación actual de que el producto «causa daño ocular grave» y también dijo que se necesita más información sobre «tasas confiables de disipación o degradación del campo».
El proceso ahora será continuado por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y la Agencia Europea de Sustancias Químicas. La EFSA adoptará una conclusión basada en la revisión de la evaluación de riesgo del plaguicida, que se combinará con el informe AGG y será considerada por la Comisión Europea y los estados miembro.
Si bien los reguladores de la UE continúan con el proceso de reinscripción, algunos países del bloque ya prohibieron o comenzaron gradualmente a eliminar el uso del producto, como en el caso de Austria en 2019, o la evaluación que sigue adelante en Alemania, donde se supone que la eliminación podría llegar en 2023. De todas maneras, esta novedad a partir del informe podría modificar estas decisiones.
Al momento no hay un cronograma definitivo disponible para los siguientes pasos en el proceso de registro.
Es adecuado recordar que en Europa nunca se discutió la modificación de las distancias para la aplicación de productos fitosanitarios. Éstas siguen teniendo un máximo de 50 metros desde las líneas de vivienda o espacios públicos, acortándose ese metraje según la ubicación o las necesidades de los diferentes países miembro.
La ciencia colabora en la comprensión de usos y aplicaciones, siempre bajo las normas establecidas por las Buenas Prácticas. Europa emplea esas herramientas permitiendo la producción agropecuaria, sin perjudicar la salud de las personas, dentro o fuera de los sectores directamente vinculados a la actividad.
En Argentina, las cuestiones políticas y los intereses por la tierra generan una conducta diferente en la que la Justicia es la que se emplea para determinar cuestiones de ciencia agrícola, agropecuaria, e incluso sanitaria, desoyendo esta evidencia concreta.
Principales conclusions del estudio
Mutagenicidad en células germinales: sobre la base de la información disponible y las consideraciones de la Guía para la aplicación de los criterios CLP, el AGG no considera que los criterios de clasificación con respecto a la mutagenicidad en células germinales del Reglamento (CE) no 1272/2008 sean cumplidos. El AGG propone que la clasificación del glifosato en cuanto a genotóxico o mutagénico, no está justificado.
Carcinogenicidad: teniendo en cuenta todas las pruebas, es decir, experimentos con animales, estudios epidemiológicos y análisis estadísticos, y basándose en las consideraciones de la Guía para la aplicación de los criterios CLP, el AGG no considera los criterios de clasificación con respecto a la carcinogenicidad en el Reglamento ( CE) No 1272/2008 y el documento de orientación específico15 que deben cumplirse. La AGG propone que no se justifica una clasificación del glifosato con respecto a la carcinogenicidad.
Toxicidad para la reproducción: sobre la base de la información disponible y las consideraciones de la Guía para la aplicación de los criterios CLP, el AGG no considera que se cumplan los criterios de clasificación con respecto a la toxicidad para la reproducción del Reglamento (CE) no 1272/2008. La AGG propone que la clasificación del glifosato como tóxico para la reproducción no está justificada.
Toxicidad especifica de órganos: De acuerdo con la información disponible y las consideraciones de la Orientación sobre la aplicación de los criterios CLP, el AGG no considera que se cumplan los criterios de clasificación con respecto a la toxicidad específica de órganos (STOT). El AGG propone que la clasificación para la toxicidad específica de órganos no está justificada, ni para exposiciones únicas ni repetidas (STOT-SE y STOT-RE) respectivamente.
Daño ocular: Con base en la información toxicológica disponible, el AGG propone que se mantenga la clasificación actual como “causa daño ocular grave” (H318).

El informe completo puede leerse en idioma inglés en el siguiente link.